Derechos del Campesinado

Derecho a la Tierra

Contemplado en el artículo 17 de la declaración, que establece la protección especial que debe darse al campesino para que no sea despojado de ella.

Derecho a las Semillas

Establecido en el artículo 19, señala el derecho del campesinado a conservar, utilizar, intercambiar y vender las semillas o el material de multiplicación que sea conservado después de la cosecha.

Derecho al Agua

Establecido en el artículo 21, no solo al agua potable para el saneamiento, sino también a disponer de redes de abastecimiento e instalaciones de saneamiento de buena calidad.

Artículo 64

"Los campesinos y las campesinas son libres e iguales a todas las demás poblaciones y tienen derecho a no ser objeto de ningún tipo de discriminación en el ejercicio de sus derechos, en particular las fundadas en su situación económica, social, cultural y política."